Muchachos, para empezar, una pequeña introducción de lo que es: es un tipo de contrato que establece las obligaciones entre el contratante y el contratista (el que contratan y al que contratan). Deben aparecer claramente el pago, la forma de realizarse y el objeto del contrato.
También debe contar con una cláusula donde permite que ambas partes puedan exigir en caso de incumplimiento.
Muchachos, aquí les dejamos las tres preguntas más frecuentes:
1. ¿El contrato de prestación de servicios es un contrato laboral o contrato de trabajo?
Ninguna de las dos. Es un contrato civil o comercial y no tienes las mismas características de un contrato laboral o de un contrato de trabajo.
2. ¿Puedo tener a una persona todo el tiempo en mi empresa mediante un contrato de prestación de servicios?
¡No! Ni se les ocurra hacer esto. En un contrato de prestación de servicios existe libertad de ejecución para el contratista. Esto quiere decir que no debe haber órdenes ni horarios que cumplir.
3. ¿Debo pagarle la seguridad social a quien contrato por prestación de servicios?
No. El contratista es quien asume estos pagos; pero ustedes como contratantes deben verificar que estos pagos se hagan (mínimo) sobre el 40% del valor de los honorarios.
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